Un documento de 163 páginas y 469 artículos socializó ante el Concejo la Alcaldía de Valledupar a través del secretario de Hacienda, Eudes Fuentes Mejía. Se trata del proyecto de acuerdo Nº 033 del 22 de marzo de 2018 por medio del cual se expide el Estatuto Tributario del Municipio.

“Estamos tratando de humanizar más nuestro estatuto, que le llegue más a la gente, que no golpee a los comerciantes y propietarios de predios en los estratos 1 y 2, así como tampoco golpee las finanzas de la administración”, explicó el funcionario.

Entre las reformas propuestas se destacan: adecuar el procedimiento tributario del Estatuto Tributario Nacional a las particularidades de los tributos administrados por el Municipio, modificar la forma de notificar la factura del impuesto Predial Unificado para ajustarla a lo señalado en la Ley 1819 de 2016, establecer la ineficacia de las declaraciones de la retención presentadas sin pago y adecuar la normativa de las correcciones que disminuya el valor a pagar o aumenten el saldo a favor.

“Hay unas adaptaciones que tenemos que hacer de acuerdo a lo establecido en la Ley 1819, por ejemplo: en materia de alumbrado público donde se establecieron unos parámetros. Unas modificaciones en cuanto al impuesto de Industria y Comercio y a Predial Unificado”, explicó el secretario de Hacienda, Eudes Fuentes Mejía.

La ponencia fue presentada por el concejal Alex Pana Zarate, quien mencionó las expectativas al respecto. “Estamos esperando la colaboración de todos los habitantes y de todos los entes que tengan que ver con los tributos porque es la oportunidad de que se haga un buen estatuto tributario donde no salgan perjudicados el Municipio y los contribuyentes. Vamos a hacer un estudio minucioso y detenido. No vamos a correr, que sea viable y manejable es lo que buscamos”, aseguró el corporado.

Otras de las reformas que propone le Alcaldía de Valledupar es fortalecer la inscripción al nuevo registro de contribuyentes, unificar la sanción mínima para las declaraciones tributarias, establecer los principios de lesividad, proporcionalidad, gradualidad y favorabilidad en el régimen sancionatorio; aumentar la sanción de extemporaneidad en la presentación de las declaraciones del impuesto de Industria y Comercio, pasando del 1.5% al 2%, aumentar el término general de firmeza de las declaraciones tributarias, conforme a lo establecido en la Ley 1819 de 2016; y establecer la determinación provisional del impuesto de acuerdo con Ley 1819 de 2016.

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