La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró la nulidad al fallo emitido por la sección Primera  del Consejo de Estado el 31 de octubre de 2018, y la emitida el 16 de enero de 2019, por medio del cual el organismo negaba la tutela que había interpuesto Omar Contreras Socarras, y que buscaba amparar sus derechos al debido proceso y al de elegir y ser elegido, como Contralor Municipal de Valledupar.

En el fallo emitido por la Corte, se le concedió a Contreras Socarras el amparo de sus derechos,  lo que quiere decir que deja en firme su elección como Contralor, tal como lo determinó en su momento el Concejo de Valledupar.

Así las cosas, la Corte Constitucional confirmó la sentencia que el 21 de septiembre de 2017, había emitido el Tribunal Administrativo del Cesar, y que protegía la elección de Contreras Socarrás por parte del Concejo.

El fallo de la Corte, señala que la Sección Quinta del Consejo de Estado incurrió en defecto sustantivo. En consecuencia, la dejó sin efectos para, en su lugar, dejara en firme la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Cesar el 21 de septiembre de 2017 dentro del mismo proceso.

De acuerdo con este fallo, y según analistas consultados por Tuperfil.Net, los 16 concejales destituidos e inhabilitados por parte de la Procuraduría General por elegir a Omar Contreras Socarrás, deberán interponer un recurso de reposición ante la Corte Constitucional para que le suspendan la inhabilidad que pesa en su contra.

Cargar artículos relacionados
Cargar mas en Perfil Político

Puedes leer.

Representante propone ley para establecer requisitos éticos y académicos para cargos públicos

Bogotá, abril 19 de 2024 La representante a la Cámara por Bogotá, Olga Lucía Velásquez, ha…