Con una votación 6 a 3, la Sala Plena de ese tribunal declaró inconstitucional la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes en Colombia, revisable a los 25 años.

Con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, la Corte Constitucional consideró que viola el principio de la dignidad humana.

Se estudió una demanda del Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes, que estimaba que “ese es el presupuesto esencial de la consagración y efectividad del sistema de derechos y garantías contemplado en la Constitución de 1991”.

Además, los demandantes del Acto Legislativo 01 de 2020, que apoyaba el gobierno del presidente Iván Duque, aseguraban que la resocialización es una forma de garantizar la dignidad humana de los privados de la libertad y no se podía lograr con la cadena perpetua.

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