El Decreto emitido por el alcalde de Valledupar Fredys Socarrás Reales, el cual entró en vigencia el pasado cinco de enero y que restringe la circulación de motos en la ciudad, se mantiene.
Así lo dio a conocer a través de un comunicado la administración municipal, luego de una reunión sostenida por el mandatario municipal con la Junta Directiva del Siva de la cual hace parte el Ministerio de Transporte.
En el comunicado Socarrás Reales señal que las recomendaciones del Gobierno Nacional es mantener las medidas por lo que esta es la decisión de no hacer variaciones al Decreto como había sido solicitado por los mototaxistas.
El alcalde dijo en el comunicado que para entrar a mitigar el grave impacto que de todos modos la medida generará entre esta población, se adelantará la priorización de quienes podrán entrar a laborar en el Sistema Estratégico de Transportes y en ser beneficiados con los programas sociales.
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
La Alcaldía de Valledupar se permite informar a la opinión pública, en respuesta a la petición hecha por representantes del gremio de mototaxistas de Valledupar, en la cual se cuestiona el Decreto 000396 del 29 de diciembre de 2014, que establece una serie de restricciones sobre la circulación de motocicletas en esta ciudad que:
- La Junta Directiva del SIVA realizada el 28 de enero en Bogotá, integrada por Ministerios de Transporte y Hacienda; Departamento Nacional de Planeación y Gobernación del Cesar, recomienda mantener la medida porque en caso contrario se pondría en riesgo la implementación del Sistema Estratégico de Transporte en Valledupar, que avanza en un 50%
- Para la Administración Municipal es fundamental el bienestar de los habitantes de Valledupar, por lo tanto priorizará a este grupo poblacional en las oportunidades laborales que se generen en la implementación del Sistema Estratégico Público de Transporte, los programas de vivienda de Fonvisocial y los comunitarios donde exista oferta laboral para que sean vinculados y capacitados, de acuerdo con los estudios de caracterización socioeconómica realizados por el ORMET y el estudio de estructuración del SETP adelantado por la Universidad Nacional.
- El viernes 30 de enero, en el Comando de Policía Cesar, a partir de las 2:30 p. m., el alcalde Fredys Socarrás y su equipo de gobierno se reunirán con los líderes de los mototaxistas (motociclistas) para concertar las salidas y soluciones planteadas en el punto anterior.
- En cuanto a salud y educación, a través del SISBEN serán inscritos en las ampliaciones que se realicen y cabe recordar que en los colegios oficiales la educación es gratuita, garantizando suficiente oferta a la demanda.
- Los miembros de la Junta Directiva del SIVA, como el Ministerio de Transporte, representada por el viceministro Enrique Nates y Luis Alberto Monsalvo, gobernador del Cesar, ofrecen toda la ayuda institucional para el apoyo la reinserción laboral de los miembros del gremio, previamente censados.
- Se han establecido medidas pertinentes a garantizar la movilidad de los vallenatos, como el establecimiento de una nueva ruta y el aumento de buses en la ciudad; así mismo, ya existe un plan que ejecutan la Secretaría de Tránsito con las empresas de transporte de pasajeros colectivo urbano legalmente constituidas, que permitirá el ingreso de 40 buses adicionales, garantizado el derecho a la libre movilidad.
- Es deber del Alcalde de Valledupar hacer prevalecer el interés público sobre el particular. El mototaxismo ha crecido desmesuradamente en Valledupar, al punto de tener al borde de la quiebra a las empresas de transporte legalmente habilitadas para el transporte de pasajeros colectivo urbano; es un imperativo legal, no sólo como medida de contingencia, sino también para fortalecer el transporte público organizado.
Sobre el marco legal
- El transporte informal sí está regulado en la legislación colombiana, en el Artículo 21 de la Ley 1383 de 2010 y Artículo 131 de la Ley 769 de 2002 establecidos en el Código Nacional de Tránsito, que establece sanciones para quienes destinen los vehículos para fines diferentes a los que establece la licencia de tránsito. Además, el Estatuto Nacional de Transporte (Ley 336 de 1996) dispone que el servicio de transporte debe ser prestado por empresas, personas naturales o jurídicas legalmente constituidas.
- Que dentro del artículo 21 de la Ley 1383 de 2010 se contempla la sanción a motociclistas que desempeñen esa actividad ilegal. Mediante los Decretos 2961 del 2006 y 4116 de 2008, el Gobierno Nacional otorga a los alcaldes herramientas de control para contrarrestar dicho flagelo. En consecuencia, estos actos administrativos son válidos, legítimos y de obligatorio cumplimiento.
- «La seguridad, especialmente la relacionada con la protección de las usuarios, constituye prioridad esencial en la actividad del sector y del Sistema de Transporte», esa es una de las razones por la cual el Gobierno Nacional NO homologa la motocicleta como vehículo idóneo para prestar el servicio público de pasajeros, ya que dicha actividad no sólo obra en contra de la Constitución Nacional, sino en contra de las normas que regulan la materia, atentando contra la salud y la vida de las personas que transportan, pudiéndoles causar, en el evento de un accidente, daños irreparables, los cuales no se pueden resarcir en forma económica ni de ninguna forma, por cuanto no están amparados por ningún seguro contractual ni contractual ni extracontractual y reguladas de esta forma.
FREDYS SOCARRÁS REALES
Alcalde de Valledupar