Tribunal de Justicia y Paz de Bogotá en sentencia contra Bloque Catatumbo y exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, que este bloque pudo esparcir en el Norte de Santander “gracias a la colaboración de las fuerzas militares y del Estado.

El tribunal mismo establece que el proyecto Catatumbo, iniciado en 1995, se pudo consolidar en 1998 con el apoyo de las autoridades.

Se tuvo en cuenta también los testimonios de Mancuso al respecto y donde dijo en versión libre en agosto de 2013: “Fui adoctrinado por el Ejército y la Policía, tuve carné del B2, entraba a la Brigada sin que me requisaran, entraba como lo hacían los comandantes, me abrían la puerta”

«Fue Carlos Castaño quien en el 95 me contó que se había reunido con la cúpula militar y que le pidieron fortalecer las Auc en el norte del país, que iban a colocar comandantes de Policía, directores seccionales de Fiscalía afines a la ideología paramilitar», dijo Mancuso.

«Sin la acción u omisión del Estado no habríamos podido crecer como crecimos», añadió el postulado.

En la sentencia contra Salvatore Mancuso, el Tribunal de Justicia y Paz tuvo en cuenta las declaraciones del excongresista Miguel Alfonso de la Espriella, quien fue condenado por la Corte Suprema por nexos con paramilitares, «Nos reunimos con Uribe y le dijimos que Eleonora Pineda y yo éramos los candidatos de las Auc»

De la Espriella, según el Tribunal, afirmó ante los magistrados que llegó al Congreso en 1994 sin haber tenido ni un solo cargo político, gracias al ropaje de las autodefensas.

De la Espriella dijo que había sido compañero de colegio de Salvatore Mancuso. El excongresista aseguró que él y Eleonora Pineda, concejal de Tierralta en esa época, tuvieron el apoyo de las Auc «para darle un reconocimiento político al paramilitarismo y buscar una fórmula para la paz y la desmovilización».

En esa búsqueda los paramilitares estudiaban a qué candidato apoyarían en las elecciones del 2002. «Había una división, unos querían apoyar a Horacio Serpa y otros a Uribe Vélez».

De la Espriella afirmó que finalmente en compañía de Eleonora Pineda abordaron a Álvaro Uribe Vélez en su finca en el Ubérrimo «para plantearle el apoyo a su campaña».

«Le presenté a Eleonora y le dije que éramos candidatos de las Auc y que queríamos apoyarlo», afirma. Y continúa: «Me dijo que era una propuesta muy arriesgada».

Según de la Espriella, Uribe le respondió «eso lo voy a incluir o ya lo incluí en el punto 41 del manifiesto Democrático».

La magistrada afirma que ese punto 41 contiene los mecanismos para «dialogar con los violentos y hacer la paz».

Según el Tribunal, por la existencia de ese estatuto es que De la Espriella mostró extrañeza de que ahora Uribe «se oponga a que las guerrillas puedan tener representación política tras su desmovilización», pues el manifiesto decía «que si las Auc se desmovilizaban podían hacer política», dice el Tribunal citando al excongresista.

El Tribunal también hizo referencia al político Carlos Holguín Zardi. Según Salvatore Mancuso en una reunión con Carlos Castaño un familiar suyo «propuso la creación de las Auc en el Valle».

Regaño a la Fiscalía por falta de control en desmovilizaciones

En medio de la lectura del fallo contra los desmovilizados del Bloque Catatumbo, la magistrada Alexandra Valencia Molina cuestionó la solicitud de la Fiscalía de excluir a uno de los exjefes de ese bloque, Jimmy Viloria Velásquez, alias Jairo Sicario.

La Fiscalía pidió excluirlo afirmando que, tras su desmovilización a finales del 2004, el 25 de octubre del 2005 cometió el homicidio de un servidor público por lo que incurrió en una causal para su expulsión: haber delinquido tras su desmovilización.

La magistrada dijo que «analizando el hecho objetivo y según las normativas de Justicia y Paz» el postulado debe ser excluido por haber reincidido.

Sin embargo, hizo un regaño a las autoridades por la «falta de control en el manejo de los desmovilizados» y en la carencia de actividades efectivas para su resocialización.

La magistrada recordó que Viloria fue reclutado por las Autodefensas cuando tenía 14 años. «Su primer homicidio lo cometió a los doce años. Cuando estaba limpiando un arma en su casa le disparó accidentalmente a su primo de 2 años por lo que tuvo que abandonar su hogar, tras el rechazo de su familia», quedó consignado en la sentencia.

El Tribunal afirma que las autoridades debieron analizar esas condiciones de Viloria, hacer un perfil, conocer su trayectoria para permitir su resocialización. «Debió suponerse que iba a sufrir dificultad para establecer actos de contención criminal», dijo la magistrada.

Esa falta de acción de autoridades llevó a que «muchos desmovilizados, por la caótica desmovilización, desistieron de Justicia y Paz, se rearmaron o perdieron la vida».

El Tribunal le pidió a la Fiscalía que entregue un informe en el que dé cuenta de cuántos paramilitares del bloque Catatumbo no entregaron las armas o reincidieron para «detectar fallas en la desmovilización».

En la sentencia la magistrada aseguró que en la expansión del bloque Catatumbo hubo un «impulso ideológico que terminó en la difusión mediática en donde se registraron sendas entrevistas a Carlos Castaño en las que se presentaba como líder y redentor».

Esas entrevistas y notas generaron una «naturalización de la opinión pública de los actos cometidos de barbarie».

A través de los medios de comunicación, dice la magistrada, los paramilitares usaron su estrategia de llevar discursos de odio.

Esa práctica, según el Tribunal, sigue sucediendo, esta vez usando, además, redes sociales. Por esta razón, el Tribunal exhortó al Congreso para que legisle sobre el delito de ofensa.

Con este delito les queda «prohibido a los funcionarios públicos hacer insultos en medios o redes sociales».

«Esos insultos y discursos de odio pueden llevar a poner en riesgo la vida de individuos», dice el Tribunal.

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