A través del Decreto 000347 del 28 de junio de 2016, la Administración Municipal prohibió la compra, venta, distribución, almacenaje y comercialización del combustible derivado del petróleo en sitios, lugares o inmuebles dentro de la jurisdicción urbana y rural del municipio de Valledupar que no cumplan con los requisitos establecidos con el Decreto 4299 de 2005 y de normas reglamentarias.

De igual modo, la medida establece la prohibición del transporte, expendio y surtimiento de combustible derivado del petróleo o tanqueo de vehículos de cualquier clase en sitios no autorizados o que no cumplan con los requisitos de ley.

La trasgresión a los dispuesto en el presente escrito implicará el decomiso del combustible por parte de la Policía Fiscal y Aduanera, sin perjuicio de la imposición de multas y sanciones previstas en el literal E4, artículo 21 de la ley 1383 de 2010.

La Secretaría de Gobierno podrá autorizar el transporte de combustible en el máximo de cuatro recipientes de 44 galones, los que deberán estar sellados de manera que a temperaturas normales no permitan el escape del líquido ni vapor, con destino exclusivo al sector agrícola, industrial y comercial.

El volumen del líquido almacenado en dichos recipientes no podrán exceder los 220 galones y podrá adquirir un máximo de 8.000 galones por mes, para tales efectos el solicitante deberá respaldar su solicitud con una factura en la que aparezca claramente detallado el combustible, volumen, origen y destino.

El vehículo que se utilice para dicha actividad no podrá transportar de forma simultánea a personas, animales, medicamentos o alimentos destinados al consumo humano o animal. Las autoridades verificarán el cumplimiento de los dispuesto.

Cargar artículos relacionados
Cargar mas en 

Puedes leer.

Golpe al Clan del Golfo en Valledupar: Nueve capturados y destrucción de arsenal explosivo

Valledupar, Julio 27 de 2025. – Un importante golpe al Clan del Golfo fue p…