¡Adiós a las motos ruidosas!: Motocicletas con escapes modificados serán sancionadas por exceso de ruido en Colombia

Colombia, enero 16 de 2026. El exceso de ruido generado por motocicletas comenzó a tener consecuencias legales más estrictas en Colombia tras la entrada en vigor de la Ley 2450 de 2025, una normativa que busca reducir la contaminación acústica y mejorar la convivencia en las ciudades. La ley fija un límite máximo de 86 decibeles para este tipo de vehículos, poniendo especial atención en aquellos que circulan con escapes alterados, resonadores o sistemas no originales.

La nueva legislación hace parte de una política nacional de control del ruido y las vibraciones, respaldada por su decreto reglamentario, que establece mecanismos de diagnóstico, seguimiento y gestión del impacto sonoro. Su alcance es nacional y otorga herramientas tanto a las autoridades como a la ciudadanía para prevenir y denunciar prácticas que afecten la salud pública, el medio ambiente y la tranquilidad de las comunidades.

El incumplimiento de los niveles permitidos no solo implica sanciones económicas. Los motociclistas que modifiquen el sistema de escape de sus vehículos se exponen a multas, inmovilización de la moto, rechazo en la revisión técnico-mecánica y, en algunos casos, a la pérdida de la garantía del fabricante, si se demuestra que las alteraciones no están autorizadas.

Entre las sanciones previstas se encuentra la multa C28, aplicada a quienes circulen con escapes modificados o dañados, o hagan uso indebido de sirenas y luces de emergencia. Esta infracción contempla valores que oscilan entre $604.000 y $711.750. A esto se suma la multa D17, considerada una de las más severas, dirigida a quienes superen los límites de ruido o contaminación, con comparendos que rondan los $1.208.000.

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