Con el fin de atender de manera prioritaria a los afectados por la avalancha en el municipio de Mocoa, el Gobierno Nacional, a través de la Superintendencia Financiera de Colombia, dispuso de mecanismos alternativos para las solicitudes de servicios financieros.
La Superintendencia las siguientes instrucciones a las entidades vigiladas para atender de manera ágil y oportuna a los damnificados en el municipio de Mocoa:
- Mantener la prestación del servicio en las oficinas ubicadas en Mocoa, siempre y cuando las condiciones así lo permitan.
- Informar al público los canales disponibles para la prestación del servicio garantizando su continuidad.
- En caso de ser necesario el uso de la red bancaria no propia, las entidades deberán considerar el no cobro de este servicio a los afectados.
- Establecer mecanismos ágiles para la recepción, análisis y aprobación de productos financieros, así como las solicitudes de reestructuración de créditos.
- Divulgar en la zona de emergencia la información sobre las condiciones de los créditos y los plazos para realizar las solicitudes de restructuración.
- Poner a disposición mecanismos ágiles de atención de consultas para tramitar y resolver de manera clara y oportuna las inquietudes en relación con las medidas previstas.
- Establecer políticas y mecanismos que permitan suplir deficiencias de información de las personas afectadas.
- No solicitar a los consumidores financieros documentos o condiciones adicionales que le hagan más complejo ejercer sus derechos en relación con sus productos y servicios financieros.
Créditos vigentes
Los actuales deudores que resultaron afectados con el desbordamiento de los ríos mantendrán su calificación y podrán adelantar acuerdos de pago, entre otros beneficios.
- Los créditos conservarán la calificación que tenían antes de la situación de emergencia en Mocoa.
- La entidad deberá promover la celebración de acuerdos de pago en condiciones de viabilidad financiera para dichos deudores y que les permita el cumplimiento de sus obligaciones.
- Cuando estos acuerdos de pago contemplen periodos de gracia, durante este tiempo se deberá suspender la causación de intereses y demás conceptos asociados al crédito.
- Los acuerdos de pago no serán considerados como reestructuraciones y no tendrán ningún efecto sobre la calificación del cliente.
Productos de seguro
Las compañías de seguros deberán disponer mecanismos que permitan agilizar los procesos de atención de los siniestros presentados y definir los procedimientos para suplir las deficiencias de información de los damnificados, teniendo en cuenta las instrucciones sobre condiciones para acceso y uso de productos financieros mencionadas anteriormente.