Bogotá, junio 11 de 2025. En una decisión que desde ya genera amplio debate jurídico y político, el presidente Gustavo Petro anunció este martes, a través de su cuenta de X (antes Twitter), que firmó el decreto que convoca de forma unilateral una consulta popular para someter a votación ciudadana su reforma laboral, pese a que el Senado de la República emitió un concepto desfavorable sobre esta iniciativa el pasado 14 de mayo.

“He firmado el decreto que convoca a la consulta popular”, escribió el mandatario, y agregó que esta “solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, son respondidos positivamente por el Congreso”.

Según explicó el presidente, el decreto será enviado a la Corte Constitucional para su revisión, ya que el Ejecutivo considera que, al tratarse de un mecanismo de participación ciudadana, es ese tribunal y no el Consejo de Estado el competente para evaluar la legalidad de la convocatoria. Esta tesis ha sido ampliamente cuestionada por expertos constitucionalistas, quienes sostienen que al tratarse de un acto administrativo, el órgano competente sería el Consejo de Estado.

La consulta se realizaría el próximo 7 de agosto, fecha en la que se conmemoran los tres años del inicio del mandato de Petro. Así lo confirmó el exfiscal Eduardo Montealegre, quien asumirá próximamente el Ministerio de Justicia, y quien ha argumentado además que el control de constitucionalidad de la consulta solo tendría lugar después de que se celebre, una postura que también ha sido objeto de críticas por parte de juristas que consideran que el acto debe ser examinado de forma previa.

Desde el Senado, el ministro del Interior, Armando Benedetti, explicó que el decreto fue firmado este martes porque era el último día hábil para hacerlo. No obstante, aseguró que el Gobierno sigue abierto a concertar un acuerdo político que permita aprobar la reforma laboral por vía legislativa. “Si la ley de reforma laboral sale producto de una concertación, se deroga el decreto”, declaró el ministro.

Benedetti aclaró que el Gobierno tiene “líneas rojas” que no está dispuesto a negociar, entre ellas la eliminación del contrato por horas, el restablecimiento de la jornada nocturna desde las 6 o 7 de la noche, la formalización laboral para los aprendices del SENA, y el pago del 100 % de los dominicales. “Veo un ambiente positivo para lograr un acuerdo”, expresó.

El decreto firmado por el presidente contiene ocho artículos. En el primero, el Ejecutivo invoca una “excepción de inconstitucionalidad” para desconocer la decisión del Senado, que rechazó la consulta popular. “Con fundamento en lo previsto en el artículo 4 de la Constitución, se inaplica por inconstitucional el acto mediante el cual el Senado, en sesión del 14 de mayo de 2025, decidió dar concepto desfavorable frente a la consulta popular del orden nacional solicitada por el Presidente de la República”, reza el documento.

La decisión presidencial ha sido interpretada por distintos sectores como una violación al principio de separación de poderes. Por un lado, al desconocer la votación del Senado, y por otro, al adjudicarse la interpretación jurídica que correspondería al Consejo de Estado.

A medida que se desarrollan las reacciones políticas y jurídicas frente a esta medida, el país queda a la espera de lo que resuelva la Corte Constitucional —o el órgano competente— sobre la validez del decreto presidencial y sobre la eventual realización de la consulta popular que podría marcar un hito en la relación entre el Ejecutivo y el Legislativo en Colombia.

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