Valledupar, enero 6 de 2025. El Juzgado 14 Penal Municipal con funciones de control de garantías de Valledupar negó la solicitud de libertad por vencimiento de términos presentada por la defensa de José David Rodríguez, exdocente del colegio Fisher Kids, quien permanece privado de la libertad dentro de un proceso penal por el presunto delito de acto sexual violento agravado.
El caso está relacionado con hechos que, de acuerdo con lo expuesto durante la diligencia judicial, habrían ocurrido en perjuicio de estudiantes de esa institución educativa.
La audiencia se realizó de manera virtual y en ella la jueza acogió los argumentos de la Fiscalía General de la Nación y de los representantes de las víctimas, los abogados Juan Arévalo y Jorge Fuentes, al considerar que no se configuró la causal legal alegada por la defensa para conceder la libertad.
Durante la sustentación, la defensa citó el artículo 317 del Código de Procedimiento Penal, el cual establece un término general de 120 días, contados desde la presentación del escrito de acusación, para que inicie el juicio. No obstante, la norma contempla que dicho plazo se amplía por el mismo término cuando se trata de conductas contempladas en el Título IV del Código Penal, correspondiente a los delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, lo que eleva el umbral hasta 240 días.
Sin embargo, el despacho judicial precisó que, para el cómputo de los términos, la ley ordena excluir los días atribuibles a maniobras dilatorias del procesado o de su defensa. Con base en ese criterio, la jueza concluyó que el tiempo transcurrido no era suficiente para declarar el vencimiento de términos.

