Los colegios no pueden obligar ahora a los profesores a asistir a las ceremonias religiosas que lleven a cabo. Así lo estableció la Corte Constitucional en fallo de las ultimas horas, en el que establece que es muy común que en algunas regiones del país, los docentes son obligados a asistir a las ceremonias religiosas, so pena de ser suspendidos o trasladados.

En el fallo de la Corte Constitucional se señala que no se puede obligar ni a profesores ni alumnos a asistir a ceremonias religiosas.

“Las actividades religiosas no serán desarrolladas durante las actividades académicas y ningún miembro de la comunidad educativa puede ser presionado u obligado a realizar oración ni a estar presente mientras se realizan estas actividades”, dice el fallo.

La Corte señala que cuando haya lugar a estas actividades, los colegios “solo podrán facilitar los espacios para su realización”, reiterando que ello no puede generar “obligación alguna al personal de la institución”, de lo contrario se estaría vulnerando los derechos a la libertad de cultos y de conciencia de la comunidad educativa.

El caso concreto es el de una profesora de un colegio ubicado en Fusagasugá que fue obligada a asistir a misa y orar durante la eucaristía, a pesar de no ser religiosa.

Con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, la Corte en este caso ordenó a la Secretaría de Educación de ese municipio ubicado en el sur de Cundinamarca informar sobre la decisión a todos los colegios de la región.

Tomado de Blu Radio

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