El Tribunal Administrativo del Cesar negó las demandas que pretendían  la revocatoria del alcalde de Valledupar, Mello Castro González, por supuestamente haber sido elegido bajo parámetros de ilegalidad.

Dichas demanda señala que la inscripción de su candidatura para la alcaldía de Valledupar se dio defraudando a quienes lo eligieron para ser diputado de la Asamblea del Cesar, en el periodo constitucional comprendido entre el 1 de enero de 2016 y 31 de diciembre de 2019, a lo que renunció de manera irrevocable el 28 de enero de 2019, es decir, antes de terminar su periodo constitucional, con miras de ser candidato a la Alcaldía de Valledupar.

Sobre esto, la Sala consideró que no resulta procedente dicha demanda.

En cuanto a la renuncia como diputado y posterior candidatura de Mello Castro a la Alcaldía de Valledupar, consideró que cuando los ciudadanos eligen a los alcaldes y gobernadores, lo hacen con fundamento en los términos del programa de gobierno que les fue puesto a consideración, lo que crea un compromiso entre electores y candidatos electos, el cual se extiende, según lo definió el Máximo Tribunal de lo Contencioso Administrativo, durante el espacio temporal en que se debe desarrollar.

A diferencia de la elección de las asambleas departamentales, los alcaldes y gobernadores no hacen parte de cuerpos colegiados, ya que ocupan cargos unipersonales, que deben regirse por un programa de gobierno, circunstancia que le permite al elector seguir su desarrollo y cumplimiento, encontrándose en la capacidad de revocar antes de la terminación del respectivo período.

Cargar artículos relacionados
Cargar mas en Perfil Político

Puedes leer.

Representante propone ley para establecer requisitos éticos y académicos para cargos públicos

Bogotá, abril 19 de 2024 La representante a la Cámara por Bogotá, Olga Lucía Velásquez, ha…